El 18 de abril se aprobó formalmente en el Parlamento europeo la revisión del marco legislativo europeo de residuos. Adjunto una nota de CEOE con los resultados de este dossier.

ANTECEDENTES:

El 18 de diciembre se llegó a un acuerdo en la 5ª reunión del trílogo (Comisión Europea – Parlamento – Consejo). El 18 de abril tuvo lugar la aprobación formal en el Pleno del Parlamento Europeo, solo resta la aprobación formal en el Consejo (mes de mayo posiblemente). A continuación se ha de traducir a los idiomas oficiales. https://ec.europa.eu/info/news/new-waste-rules-will-make-eu-global-front-runner-waste-management-and-recycling-2018-apr-18_en

Acceso al texto acordado (no cambiará en la fase de aprobación formal):

Directiva marco de residuos: Aquí

Directiva de envases y residuos de envases: Aquí

Directiva de depósito en vertedero: Aquí

Directivas Vehículos al final de su vida útil, Baterías, Residuos de aparatos eléctricos y electrónicos: Aquí

Obligaciones clave de este dossier (más información en el informe detallado adjunto):

  • Objetivos:
  • Residuos municipales, objetivos de preparación para reutilización y reciclado: Año 2025: 55%, año 2030: 60%, año 2035: 65%
  • Residuos de envases, objetivos para todos los envases: Año 2025: 65%, año 2030: 70% (y además objetivos para los diferentes materiales)
  • Vertedero: para 2035 reducción de un 10% del residuo municipal destinado a vertedero, respecto del residuo generado. Para 2030 prohibición de vertido de todos los residuos susceptibles de ser reciclados o susceptibles de otra recuperación, en particular los municipales
    • Definición de residuos municipales: incluye los generados en comercios e industrias que sean similares a los domésticos en naturaleza y composición.
    • Reglas de cálculo objetivos  de reciclado para residuos municipales, a fin de mejorar la calidad: se admiten dos puntos de medida, bajo determinadas condiciones. Se elaborará una guía interpretativa. También se desarrollarán guías para el cálculo del desperdicio alimentario.
    • Recogida separada para (1 en 2025) textiles, residuos peligrosos de origen municipal y bioresiudos (31 dic 2023), además de la ya existente para papel, vidrio, metales y plástico. Se cita que en áreas remotas se analizará la viabilidad. Lo procedente de recogida separada no se podrá incinerar.
    • Requisitos mínimos para la Responsabilidad Ampliada del Productor (RAP) incluyendo requisitos sobre la financiación de la gestión de los residuos, por parte de los productores.
    • Regulación de la RAP para todos los envases (incluidos comerciales e industriales) a partir de 31/dic/2024.

2018 03 01 WASTE Package_Resultado_F