1. El Criterio de Gestión del Instituto Nacional de la Seguridad Social sobre la contingencia de la que se derivan las prestaciones ocasionadas por el contagio del virus SARS-CoV2 para el personal sanitario o socio-sanitario, que se ha elaborado sistematizando la respuesta de Dirección General de Ordenación de la Seguridad Social a consultas sobre esta materia. Caben destacarse los siguientes aspectos:

–             No se consideran derivadas de accidente de trabajo las prestaciones causadas por el personal que, aun trabajando en centros sanitarios o socio-sanitarios, desempeñe otras funciones distintas a la prestación de servicios sanitarios y socio-sanitarios (el personal administrativo, el personal de limpieza, celadores, etc.).

–             También delimita la definición de centros sanitarios o sociosanitarios y deja fuera  a los centros dedicados a pompas fúnebres y actividades relacionadas o al comercio al por menor de productos farmacéuticos en establecimientos especializados, etc.

–             El límite temporal se establece desde el día 11 de marzo de 2020, fecha de la declaración de la pandemia internacional por la Organización Mundial de la Salud, hasta que las autoridades sanitarias levanten todas las medidas de prevención adoptadas para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.

–             Los fallecimientos que puedan producirse transcurridos más de cinco años desde la fecha del contagio solo darán lugar a prestaciones por muerte y supervivencia derivadas de la contingencia de accidente de trabajo por contagio del COVID‐19 cuando previamente se haya reconocido al trabajador una incapacidad permanente absoluta o una gran invalidez derivada de dicho contagio.

–             Respecto de la aplicación retroactiva, solo puede aplicarse a los contagios producidos desde el 11 de marzo de 2020.

–             En cuanto a la revisión, a instancia del interesado se revisarán las prestaciones reconocidas durante el estado de alarma conforme a las normas y criterios de interpretación vigentes con anterioridad a la entrada en vigor del Real Decreto-ley 19/2020, cuando las normas aplicadas hayan quedado sin efecto en virtud de normas posteriores que se han ido aprobando con motivo del COVID-19, o los criterios administrativos aplicados hayan quedado desvirtuados por estas últimas o por cambios de criterio más favorables.

  1. El documento Evaluación del riesgo de la transmisión de SARS-CoV-2 mediante aerosoles. Medidas de prevención y recomendaciones (Puedes acceder pinchando aquí), recientemente publicado en la página web del Ministerio de Sanidad612__MJF_Consulta_INSS__RDL_19-2020__2_

    Criterio CONTINGENCIA COVID-19