Esta Confederación no defiende las malas prácticas empresariales de las que tan graves consecuencias se derivan, y que ya hemos comentado anteriormente. En consecuencia actuamos como canal de denuncias anónimas ante los órganos competentes en función de la materia objeto de denuncia.
Asimismo creemos firmemente y defendemos que deben priorizarse y adoptarse más medidas preventivas y menos punitivas, en la medida que ello sea posible. Acciones tales como la información, el asesoramiento y la sensibilización así como medidas que ayuden a prevenir la comisión de infracciones deben primar frente a la la sanción, la última de las medidas a adoptar.
Además es importante recordar que con la Reforma del Código Penal, acometida en el año 2010, el derecho penal español deja atrás el axioma de la incapacidad penal de las personas jurídicas.
A partir de esta Reforma las personas jurídicas hemos pasado a ser penalmente responsables:
- De los delitos cometidos en nombre o por cuenta de las mismas, y en su beneficio directo o indirecto.
- De los delitos cometidos, en el ejercicio de actividades sociales y por cuenta y en beneficio directo o indirecto de las mismas.
Las empresas, por tanto, pueden ser imputadas y condenadas por un importante listado de delitos por hechos cometidos, incluso, por nuestros representantes legales o nuestros trabajadores.
Sin embargo, con la nueva reforma del Código Penal, en el año 2015, surge la posibilidad de que la empresa pueda quedar exenta de responsabilidad penal siempre y cuando cuente y desarrolle un manual de cumplimiento para prevenir el delito dentro de la empresa.
Este conjunto de procedimientos y buenas prácticas que se pueden adoptar por las organizaciones, en el que se identifican y clasifican los riesgos operativos y legales a los que se enfrenta la organización, y en el que además se establecen los mecanismos internos para preventir, gestionar, controlar y reaccionar frente a los mismos, es lo que conocemos como Compliance.
Queremos ofrecer a los empresarios una medida preventiva en forma de herramienta, con la que pueda llegar a evaluar el estado en que se encuentra su empresa, con respectos a las obligaciones administrativas.
Nuestro propósito es ofrecerle medidas dirigidas a la regularización tanto de la actividad económica como las relativas al empleo, aportando información, tratando de sensibilizar y recomendar pautas. Así como a través del desarrollo de algunas medidas preventivas, que giran en torno a la figura COMPLIANCE.
El Compliance se define, así, como aquel modelo de organización y gestión, en la empresa, que incluye las medidas de vigilancia y control idóneas para prevenir delitos o pare reducir de forma significativa el riesgo de su comisión.
Este Plan además de evitar que la empresa pueda ser declarada responsable penalmente, aporta un mayor control del cumplimiento de la legalidad e incluso puede otorgar otra serie de beneficios a nivel empresarial, desde el punto de vista de la contratación pública.
Se trata de implantar políticas y procedimientos adecuados para garantizar que la empresa, incluidos directivos, empleados y agentes vinculados, cumplen con el marco de la normativa aplicable, tanto las legales como las buenas prácticas, especialmente los códigos éticos, teniendo en cuenta compromisos con terceras personas, clientes y proveedores.
Normativa Laboral y de Seguridad Social
Ley 6/2017, de 24 de octubre, de Reformas Urgentes del Trabajo Autónomo.
Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales
Normativa Fiscal y Tributaria
Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria
IRPF:
- Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y de modificación parcial de las leyes de los Impuestos sobre Sociedades, sobre la Renta de no Residentes y sobre el Patrimonio(BOE, 29-noviembre-2006)
- Real Decreto 439/2007, de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y se modifica el Reglamento de Planes y Fondos de Pensiones, aprobado por Real Decreto 304/2004, de 20 de febrero.(BOE, 31-marzo-2007)
- Orden HFP/255/2017, de 21 de marzo, por la que se aprueban los modelos de declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y del Impuesto sobre el Patrimonio, ejercicio 2016, se determinan el lugar, forma y plazos de presentación de los mismos, se establecen los procedimientos de obtención, modificación, confirmación y presentación del borrador de declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, se determinan las condiciones generales y el procedimiento para la presentación de ambos por medios telemáticos o telefónicos y por la que se modifica la Orden HAP/2194/2013, de 22 de noviembre, por la que se regulan los procedimientos y las condiciones generales para la presentación de determinadas autoliquidaciones, declaraciones informativas, declaraciones censales, comunicaciones y solicitudes de devolución, de naturaleza tributaria. (BOE, 23-marzo-2017)
- Orden HFP/1823/2016, de 25 de noviembre, por la que se desarrollan para el año 2017 el método de estimación objetiva del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y el régimen especial simplificado del Impuesto sobre el Valor Añadido (BOE, 29-noviembre-2016)
Impuesto sobre Sociedades
- Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades.(BOE, 28-noviembre-2014)
- Real Decreto Legislativo 4/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Impuesto sobre Sociedades.(BOE, 11-marzo-2004)
- Real Decreto 634/2015, de 10 de julio, por el que se aprueba el Reglamento del Impuesto sobre Sociedades.(BOE, 11-julio-2015)
- Corrección de errores de la Orden HFP/399/2017, de 5 de mayo, por la que se aprueban los modelos de declaración del Impuesto sobre Sociedades y del Impuesto sobre la Renta de no Residentes correspondiente a establecimientos permanentes y a entidades en régimen de atribución de rentas constituidas en el extranjero con presencia en territorio español, para los períodos impositivos iniciados entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2016, se dictan instrucciones relativas al procedimiento de declaración e ingreso y se establecen las condiciones generales y el procedimiento para su presentación electrónica. (BOE, 01-junio-2017)
- Orden HFP/399/2017, de 5 de mayo, por la que se aprueban los modelos de declaración del Impuesto sobre Sociedades y del Impuesto sobre la Renta de no Residentes correspondiente a establecimientos permanentes y a entidades en régimen de atribución de rentas constituidas en el extranjero con presencia en territorio español, para los períodos impositivos iniciados entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2016, se dictan instrucciones relativas al procedimiento de declaración e ingreso y se establecen las condiciones generales y el procedimiento para su presentación electrónica. (BOE, 09-mayo-2017)
- Corrección de errores de la Orden HAP/871/2016, de 6 de junio, por la que se aprueban los modelos de declaración del Impuesto sobre Sociedades y del Impuesto sobre la Renta de no Residentes correspondiente a establecimientos permanentes y a entidades en régimen de atribución de rentas constituidas en el extranjero con presencia en territorio español, para los períodos impositivos iniciados entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2015, se dictan instrucciones relativas al procedimiento de declaración e ingreso y se establecen las condiciones generales y el procedimiento para su presentación electrónica, y se aprueba el documento normalizado de documentación específica de operaciones con personas o entidades vinculadas para entidades que cumplan los requisitos del artículo 101 de la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades.(BOE, 14-junio-2016)
- Orden HAP/871/2016, de 6 de junio, por la que se aprueban los modelos de declaración del Impuesto sobre Sociedades y del Impuesto sobre la Renta de no Residentes correspondiente a establecimientos permanentes y a entidades en régimen de atribución de rentas constituidas en el extranjero con presencia en territorio español, para los períodos impositivos iniciados entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2015, se dictan instrucciones relativas al procedimiento de declaración e ingreso y se establecen las condiciones generales y el procedimiento para su presentación electrónica, y se aprueba el documento normalizado de documentación específica de operaciones con personas o entidades vinculadas para entidades que cumplan los requisitos del artículo 101 de la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del impuesto sobre sociedades. (BOE, 07-junio-2016)
Impuesto sobre Actividades Económicas
- Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.(BOE, 09-marzo-2004)
- Real Decreto 243/1995, de 17 de febrero, por el que se dictan normas para la gestión del Impuesto sobre Actividades Económicas y se regula la delegación de competencias en materia de gestión censal de dicho impuesto.(BOE, 08-marzo-1995)
- Orden HAC/2572/2003, de 10 de septiembre, por la que se aprueba el modelo 840 de Declaración del Impuesto sobre Actividades Económicas y se establecen las condiciones generales y el procedimiento para su presentación telemática.(BOE, 18-septiembre-2003)
- Real Decreto legislativo 1175/1990, de 28 de septiembre, por el que se aprueban las tarifas y la instrucción del Impuesto sobre Actividades Económicas.(BOE, 29-septiembre-1990)
Régimen sancionador
Las actividades desarrolladas bajo lo que se conoce como Economía Irregular o Economía Sumergida, se caracterizan principalmente por estar al margen del marco institucional, particularmente fuera de las normas laborales y fiscales. Diferenciando la Economía sumergida de forma consciente de la no consciente, que se produce por falta de información. El empresario no conoce debido a muchas causas el grado de cumplimiento con la normativa vigente.
Le invitamos a comprobar su conocimiento y grado de cumplimiento de sus obligaciones, de forma totalmente anónima. Por favor, ayúdenos a conocer las principales dificultades y obligaciones más desconocidas para el empresario, cumplimentando el siguiente cuestionario.
Formulario: (Click en el icono)
Las actividades desarrolladas bajo lo que se conoce como Economía Irregular o Economía Sumergida, se caracterizan principalmente por estar al margen del marco institucional, particularmente fuera de las normas laborales y fiscales. Diferenciando la Economía sumergida de forma consciente de la no consciente, que se produce por falta de información. El empresario no conoce debido a muchas causas el grado de cumplimiento con la normativa vigente.
Le invitamos a comprobar su conocimiento y grado de cumplimiento de sus obligaciones, de forma totalmente anónima. Por favor, ayúdenos a conocer las principales dificultades y obligaciones más desconocidas para el empresario, cumplimentando el siguiente cuestionario.
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