CONVOCATORIA PARA LA MODERNIZACIÓN Y DIVERSIFICACIÓN DEL SECTOR INDUSTRIAL 2022.
Se abre el plazo de presentación de solicitudes de la convocatoria de 2022 para la modernización y diversificación del sector industrial.
Objeto
Fomentar la competitividad del sector industrial de Canarias, mediante su modernización y diversificación.
Beneficiarios
Pequeñas y medianas empresas (pyme) cuya actividad principal sea industrial y cuyo proyecto objeto de subvención se realice en Canarias. También podrán presentarse sociedades en constitución, condicionadas a lo establecido en las bases reguladoras.
Actuaciones subvencionables
Línea I: Apoyo a la inversión productiva
- Crear un establecimiento industrial nuevo: incluye el caso del traslado de un establecimiento industrial existente en suelo cuyo uso principal no sea industrial a un nuevo emplazamiento en suelo clasificado como industrial.
- Establecimientos industriales existentes: ampliar su capacidad, diversificar su producción, o realizar una transformación fundamental del proceso global de producción. Se consideran dentro de este último actuaciones para la transformación digital de la industria (conocida como industria 4.0) y las que promuevan la economía circular y ecoinnovación aplicadas en la mejora del proceso de producción.
Línea II: Apoyo a la Calidad de la Producción y a la Incorporación de Factores Creadores de Ventajas Competitivas.:
- Apoyo a la calidad en la producción: capacitar mediante acreditación de laboratorios de ensayo o de calibración, certificar productos industriales, crear o modernizar laboratorios de control de calidad en las pymes industriales, o implantar sistemas de inocuidad de los alimentos según ISO 22000 o de seguridad alimentaria (tales como BRC o IFS).
- Incorporación de intangibles creadores de ventajas competitivas: incorporar diseño al producto (funcional o estético), y mejora de los procesos (transformación digital, reingeniería de procesos …), auditorías energéticas, o implantación de normas de reconocido prestigio..
Gastos subvencionables
Para la línea de actuación I:
- Obra menor relacionada con las instalaciones técnicas y/o ubicación de maquinaria o bienes de equipo.
- Costes de traslado de un establecimiento industrial.
- Adquisición de maquinaria y bienes de equipo nuevos.
- Instalaciones técnicas relacionadas con la maquinaria inherente al proyecto.
- Adquisición de software.
- Redacción de proyecto y dirección facultativa, que estará limitado al 8% del resto la
- Consultorías externas para el diseño e implantación de actuaciones para la transformación digital de la industria
- Auditoría limitada al proyecto de inversión que incluirá la comprobación física de la realización del mismo, hasta 800 euros.
- Excepcionalmente, se podrán admitir en el presupuesto subvencionable los costes de adquisición de activos fijos de segunda mano (siempre que cumplan los requisitos establecidos en las bases).
Para la línea de actuación II:
- Los costes de consultoría o servicios externos exclusivamente destinados a la implantación, certificación y/o verificación de la norma implantada, a la realización del estudio de incorporación de diseño y la realización de la auditoría energética, así como a su verificación por organismo de competencia acreditada en sistemas de gestión de la energía.
- Los conceptos subvencionables en la Línea II, podrán incluir inversiones en obras menores, instalaciones, bienes de equipo y software, siempre que estén directamente vinculadas a la actuación objeto de subvención y quede especificado y justificado en la documentación presentada en la solicitud de la subvención, mediante informe de un auditor o de una empresa de consultoría experta contratada
Intensidad de la subvención
Línea I.– La cuantía de la subvención corresponderá a un porcentaje fijo sobre la inversión aprobada, que será del 40%. La inversión mínima será de 10.000 €, siendo la inversión máxima subvencionable de 1.000.000 €
Línea II.- La cuantía de la subvención corresponderá a un porcentaje fijo sobre la inversión aprobada, que será del 60. La subvención por proyecto no podrá superar el importe de 75.000 € para el subtipo 2.1 “Calidad de la Producción” y 10.000 € para el subtipo 2.2 “Incorporación de intangibles”.
Requisitos
- Proyecto adecuadamente definido con una descripción suficiente para ser evaluado, conforme a los criterios de valoración establecidos en las bases específicas.
- Los proyectos deben ser viables desde el punto de vista jurídico, técnico, económico y financiero.
- Que no se produzca en la justificación de la subvención una disminución neta del nivel de empleo de la empresa, en los términos previstos en las bases generales 2ª y 20ª.
- Para proyectos de nuevos establecimientos industriales y traslados, estos deberán inscribirse en el Registro Integrado Industrial o estar con inscripción en trámite a la fecha límite de justificación.
Plazo y presentación de solicitudes
El plazo de solicitud de la subvención finalizará el 13 de junio de 2022 a las 14:00 horas.
Todas las solicitudes deben presentarse de forma electrónica. La presentación de la solicitud se realizará obligatoriamente a través del aplicativo informático de gestión de la convocatoria, ubicado en la sede electrónica:
https://sede.gobiernodecanarias.org/sede/tramites/7386
Más información
Extracto Convocatoria (BOC 11/05/2022)
Modificación de las bases (08/04/2022).
Texto consolidado de las bases reguladoras
Los interesados en ampliar información pueden ponerse en contacto con nuestro Centro Red CIDE a través del teléfono 922 28 08 80 (ext. 2006) o vía email jcmartin@ceoe-tenerife.com