BOC Nº 045. Viernes 4 de marzo de 2022 – 731
Resolución de 3 de marzo de 2022, por la que se dispone la publicación del Acuerdo que modula temporalmente las medidas limitativas para la protección de la salud y la prevención de la propagación de la COVID-19 aplicables a los distintos niveles de alerta sanitaria.
DESTACADOS:
1. Aforos: el aforo máximo permitido será el 100% del que tengan establecido, tanto en los espacios al aire libre como en los espacios interiores.
2. Grupos de personas: la permanencia de grupos de personas tanto en espacios de uso público como privado, cerrados o al aire libre, quedará supeditada a que no se supere el número máximo de 12 personas, salvo que se trate de convivientes.
3. Horarios de cierre: en aquellos establecimientos y actividades que con anterioridad a la pandemia no tuvieran fijado un horario de cierre, o tuvieran fijado uno superior, la hora de cierre máxima autorizada será las 4:00 horas.
Las medidas serán de aplicación desde las 00:00 horas del 7 de marzo de 2022 hasta las 24 horas del 30 de abril de 2022.