SUBVENCIONES PARA LA MEJORA DE LA COMPETITIVIDAD, SOSTENIBILIDAD, CREACIÓN Y CRECIMIENTO EMPRESARIAL DE CANARIAS – LÍNEA 2 (CONVOCATORIA 2025)

Descripción de la subvención

Subvención destinada a fomentar el desarrollo de nuevos proyectos de inversión en pymes (existentes o de nueva creación) que mejoren su productividad, competitividad y sostenibilidad.

Beneficiarios

Podrán ser beneficiarias las pequeñas y medianas empresas (persona física o jurídica), con establecimiento permanente en Canarias. Las empresas de nueva creación han de presentar alta en IAE (o declaración censal) entre el 1/01/2024 y el 31/12/2024. Salvo el caso de proyectos de empresas de nueva creación, las empresas han de contar con uno o más empleados por cuenta ajena a la fecha de publicación del extracto en el BOC (12/08/2025).

Tipo de convocatoria

Régimen de concurrencia no competitiva.

Finalidad de la ayuda

Apoyar proyectos dirigidos a:

  • Creación de una nueva empresa.
  • Mejora de la productividad y competitividad de una empresa ya existente.

Importe de la subvención

  • Presupuesto del proyecto subvencionable: entre 5.000 € y 300.000 € (en Tenerife y Gran Canaria) y hasta 100.000 € en el resto de islas.
  • Importe máximo de subvención: 59.600 € por empresa.
  • La intensidad base de la subvención es del 30% del coste del proyecto, que puede incrementarse en función de varios criterios.

Incrementos de la subvención

  • +20% si es pequeña empresa
  • +10% si es mediana empresa
  • +2,5% por cada empleo creado (hasta 10%)
  • +7% si hay discapacidad en titularidad o plantilla
  • +6% si es economía circular o sostenible
  • +5% si el proyecto está en zona prioritaria (islas no capitalinas)
  • +1% si lo promueve una mujer
  • +1% si pertenece a la EEN

 Gastos subvencionables

Entre otros:

  • Costes de constitución y primer establecimiento (hasta 6.000,00 €)
  • Compra de equipamiento, mobiliario y software
  • Obras de acondicionamiento del local (hasta 18.000 €)
  • Certificación de normas de calidad (ISO, EFQM, etc.)

No se subvenciona: mobiliario decorativo, menaje, vehículos, bienes de segunda mano, mantenimiento, gastos corrientes, franquicias, impuestos (IGIC o IVA), etc.

Documentación obligatoria con la solicitud

En esta línea, la justificación se presenta junto con la solicitud, ya que el proyecto debe estar ejecutado antes de pedir la ayuda. Se requiere:

  1. Formulario electrónico firmado digitalmente.
  2. Alta en IAE o declaración censal (obligatorio en empresas nuevas).
  3. Escrituras de constitución y poderes de representación (en caso de persona jurídica).
  4. Certificados de estar al corriente con Hacienda estatal, autonómica y Seguridad Social (o autorización para consulta).
  5. Informe de vida laboral de todos los CCC (con fechas según convocatoria).
  6. Documento de cumplimiento de la Ley de Morosidad (si la ayuda supera 30.000 €).
  7. Documentación para aplicar incrementos (discapacidad, EEN, titularidad femenina, etc.).
  8. Justificación de la actuación subvencionable:
    • Memoria técnica y memoria económica de la inversión.
    • Facturas de gastos subvencionables (2024).
    • Justificantes de pago bancario (no efectivo).
    • Evidencias adicionales si procede (fotos, certificados, etc.).
    • Documentos de publicidad/imagen de la ayuda.

Plazo de solicitud:

Desde el 13 de agosto de 2025 a las 9:00 h hasta el 15 de septiembre de 2025 a las 23:59 horas o hasta agotar presupuesto disponible.

Plazos de ejecución y justificación:

  • Periodo de ejecución: del 1 de enero al 31 de diciembre de 2024
  • La justificación se presenta junto a la solicitud

Los interesados en ampliar información pueden ponerse en contacto con nuestro Centro Red CIDE a través del siguiente formulario

Aplicación de gestión de la convocatoria en el siguiente enlace

Bases

Convocatoria